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NO A LA
REFORMA LABORAL FLEXIBILIZADORA
La Reforma Laboral que impulsa el gobierno y los sectores empresarios
consiste en una modificación estructural que afecta aspectos claves de la
legislación laboral argentina con la finalidad de fomentar el fraude y la
precarización laboral, la pérdida de derechos adquiridos, ampliar la
tercerización laboral, fortalecer el poder empresarial para modificar las
condiciones de trabajo, flexibilizar el régimen de jornada de trabajo y de
horas extras, y reducir las indemnizaciones por despido.
Los principales aspectos de la reforma son los siguientes:
Modificación
de la Ley de Contrato de Trabajo:
1) Deja fuera de los alcances de la ley laboral y de
los convenios colectivos de trabajo a los trabajadores/as que son obligados por
el empleador a inscribirse como monotributistas, y a los trabajadores/as que se
desempeñan en empresas de hasta 4 empleados;
2) Permite que los trabajadores/as puedan renunciar
a los derechos acordados con el empleador;
3) Fomenta todavía más la tercerización laboral
eximiendo de responsabilidad a las empresas que tercericen los servicios de
limpieza, seguridad, mantenimiento, servicios médicos, higiene y seguridad en
el trabajo, gastronomía, informática y transporte;
4) Facilita que el empleador pueda unilateralmente
modificar las condiciones de trabajo;
5) Modifica el régimen del contrato a tiempo parcial
facilitando su utilización para que el empleador pueda pagar un sueldo
proporcional a las horas trabajadas reduciendo el salario previsto en el
convenio colectivo de trabajo;
6) Amplía la duración máxima de la jornada de
trabajo de 8 a 10 horas diarias y permite crear un banco de horas para
modificar permanentemente el horario de trabajo sin derecho a cobrar recargos
por horas extras;
7) Reduce gran parte de la indemnización por despido
y permite la creación de un Fondo de Cese Laboral que elimina la indemnización
por despido a cambio de lo que haya aportado el empleador en dicho fondo;
8) Reduce de 2 a 1 año el plazo para que el
trabajador pueda demandar a su empleador por incumplimientos;
Trabajo No
Registrado:
1) Establece que los empleadores que registre a sus
trabajadores en negro dentro del primer año de entrada en vigencia la reforma,
estarán exentos de ingresar aportes y contribuciones, y de tener que pagar
multas y sanciones. Esto implica desfinanciar la caja de jubilaciones y de
asignaciones familiares;
2) Los trabajadores/as que hayan sido registrados
dentro del plazo antes previsto se les contabilizarán aportes jubilatorios
hasta un máximo de 5 años. Los que hayan trabajado más de ese tiempo en la
empresa carecerán de aportes por todo el tiempo que supere ese máximo;
3) Se eliminan las indemnizaciones por trabajo en
negro. El trabajador/a que haya estado en negro no percibirá ninguna
indemnización especial por haber estado en esa situación;
4) Reduce notablemente las contribuciones que deben
realizar los empleadores a la caja de jubilaciones y de asignaciones familiares
desfinanciando las mismas. En cambio, los trabajadores/as deben seguir
aportando en los mismos porcentajes actualmente vigentes;
Pasantías:
1) Establece un nuevo régimen de pasantías llamado
Sistema de Prácticas Formativas para estudiantes y graduados universitarios con
la clara finalidad de que sean utilizados por las empresas como trabajadores
precarizados;
2) Los pasantes tendrán derecho a percibir una
asignación estímulo de carácter no remunerativo proporcional a las horas
trabajadas calculada sólo sobre el básico previsto en el convenio colectivo de
trabajo aplicable a la empresa en donde trabajan. Carecen de los restantes
derechos laborales previstos en la ley y en el convenio colectivo de trabajo;
Cancelación
de la personería jurídica a sindicatos:
El proyecto autoriza al Ministerio de Trabajo para que pueda cancelar la
personería jurídica de cualquier sindicato si considera que no ha cumplido con
las obligaciones a su cargo. Se trata de una violación al principio de libertad
sindical ya que según el Convenio 87 de la OIT la cancelación de la personería
jurídica de los sindicatos sólo se puede hacer judicialmente y no mediante una
decisión administrativa como en este caso.
Es fundamental organizarse para enfrentar esta reforma laboral
flexibilizadora que afecta a derechos laborales y sociales esenciales para los
trabajadores y las trabajadoras. Éste proyecto de reforma neoliberal no debe
ser finalmente aprobado porque ello importaría un crecimiento impresionante de
la precarización laboral, de la quita de derechos, de la modificación a la baja
de las condiciones de trabajo, de la descomposición del salario, aumento de la
jornada de trabajo, desprotección frente al despido y la quiebra del sistema
jubilatorio.
¡¡¡ORGANIZACIÓN
Y ACCIÓN DIRECTA CONTRA LA REFORMA LABORAL DE MACRI, LOS EMPRESARIOS Y LA
BUROCRACIA SINDICAL!!!
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